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ahorr.ai · Glosario

CAU: el código que identifica tu instalación de autoconsumo

ahorr.aiLinkedIn·Auditor forense de facturas energéticas (equipo editorial)

Definición

El CAU es el código de 22 caracteres que identifica tu instalación de autoconsumo ante la distribuidora y la administración. Se forma con tu CUPS, la letra "A" y un contador (01, 02…): por ejemplo, ES0021000000000000AA pasa a ES0021000000000000AAA01. Es obligatorio desde el RD 244/2019 y sirve para registrar la instalación, facturar y compensar tus excedentes solares.

Transparencia y fuentes

Autoría, metodología y fuentes oficiales (para verificar).

Actualizado: 30 de mayo de 2026

Autoría

Equipo ahorr.ai

Auditoría energética (España)

Metodología orientada a decisión: separar coste fijo/variable, detectar extras y comparar opciones con números claros.

Metodología

  • Separamos coste fijo (potencia/término fijo), energía y cargos/impuestos.
  • Buscamos sobrecostes típicos: potencia sobredimensionada, servicios extra, lecturas estimadas.
  • Damos pasos accionables (qué tocar primero) con ejemplos orientativos, no promesas.
  • Enlazamos fuentes oficiales y marcamos lo que puede variar por comercializadora.

Información orientativa (España). Comprueba condiciones con tu comercializadora: precios, peajes, cargos e impuestos pueden variar.

Cómo se forma el CAU a partir de tu CUPS

El CAU nace de tu CUPS, el código del punto de suministro. Le añade una "A" (de autoconsumo) y dos dígitos finales que numeran cada instalación de generación. Si solo tienes unas placas, tu CAU termina en "A01". Si más tarde montas, por ejemplo, una batería con su propio inversor o amplías con otra tecnología, el segundo equipo recibe "A02", y así sucesivamente. Un mismo punto puede acumular varios CAU; el CUPS de partida no cambia.

  • Patrón: CUPS + "A" + contador de dos cifras (A01, A02…).
  • Longitud final: 22 caracteres.
  • Cada nueva instalación generadora suma un CAU nuevo.
  • El CUPS de consumo sigue siendo el mismo de siempre.

Quién lo asigna y cuándo aparece

Lo asigna la distribuidora (e-Distribución, i-DE, UFD, e-Redes…), no tu comercializadora. El proceso arranca cuando tu instalador presenta el boletín y la documentación técnica, y la distribuidora tramita el contrato de acceso y conexión. A la vez, la instalación se inscribe en el Registro de Autoconsumo de tu comunidad autónoma. Desde la primera factura con autoconsumo activo verás el CAU impreso junto a tus datos de suministro.

  • Lo da la distribuidora, que es quien gestiona la red y el contador.
  • Trámite: boletín del instalador → contrato de acceso y conexión.
  • Inscripción paralela en el registro autonómico de autoconsumo.
  • Suele tardar entre 1 y 2 meses tras terminar la obra.

CAU frente a CUPS: dos códigos para dos cosas

El CUPS identifica el punto donde consumes luz; el CAU identifica el equipo que genera. No se sustituyen, conviven. Un mismo CUPS puede tener cero, uno o varios CAU. La excepción la marca el autoconsumo colectivo: ahí varios vecinos con su propio CUPS comparten un único CAU, porque la placa que genera es una sola para todos.

  • CUPS = punto de consumo. CAU = instalación de generación.
  • Un CUPS doméstico normal: un único CAU ("A01").
  • Autoconsumo colectivo: varios CUPS bajo un mismo CAU.
  • Luz y gas tienen CUPS distintos; el CAU es solo de la luz.

Por qué conviene comprobar el CAU en tu factura

El CAU es la prueba de que tu instalación está dada de alta y de que la compensación de excedentes puede aplicarse. Si pasan dos meses desde que terminó la obra y no aparece en la factura, suele indicar un trámite atascado en la distribuidora o un alta de autoconsumo sin cerrar. En ese caso, tus excedentes no se están compensando aunque tus placas estén produciendo. Revisarlo cuanto antes evita meses de vertidos solares sin descuento.

  • Sin CAU en factura, la compensación de excedentes no se activa.
  • Comprueba que el CAU coincide con tu CUPS (mismos primeros caracteres).
  • Si no aparece en 2 meses, reclama a la distribuidora el alta.
  • Guarda el contrato de acceso y conexión: ahí también figura.

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Preguntas frecuentes

Sí. Cualquier instalación de autoconsumo necesita CAU desde 2019, tenga excedentes o no. El RD 244/2019 obliga a identificar y registrar toda autogeneración, aunque hayas elegido la modalidad sin vertido.
En tu factura de la luz (desde el primer mes con autoconsumo activo), en el contrato de acceso y conexión que firmaste con la distribuidora y en el registro de autoconsumo de tu comunidad autónoma.
Sí. Cada instalación de generación nueva recibe su propio CAU. Si amplías las placas con otra tecnología o añades un equipo distinto, ese equipo se numera "A02", "A03", y conviven todos bajo el mismo CUPS.
Reclama el alta a tu distribuidora (no a la comercializadora). Sin CAU registrado, tus excedentes no se compensan aunque las placas produzcan. Pide a tu instalador el justificante del contrato de acceso y conexión y úsalo como referencia en la reclamación.
No. El CAU va ligado a la instalación y a la distribuidora, igual que el CUPS. Cambiar de comercializadora no lo modifica; tu nueva compañía hereda el mismo código para seguir compensando tus excedentes.

Avisos

  • Información orientativa para España. Normativa aplicable: RD 244/2019 y Circular 6/2020 de la CNMC. Verifica siempre tu CAU concreto en tu factura y en el contrato de acceso y conexión con tu distribuidora.