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ahorr.ai · Glosario

Qué es el Impuesto sobre la Electricidad (IEE)

ahorr.aiLinkedIn·Auditor forense de facturas energéticas (equipo editorial)

Definición

El Impuesto sobre la Electricidad (IEE) es un impuesto especial que grava tu consumo de luz con un tipo del 5,1127 % (vigente en junio de 2026) aplicado sobre la suma del término de potencia y el término de energía, antes del IVA. Lo cobra tu comercializadora en la factura y lo ingresa en Hacienda. Está regulado por la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales.

Transparencia y fuentes

Autoría, metodología y fuentes oficiales (para verificar).

Actualizado: 30 de mayo de 2026

Autoría

Equipo ahorr.ai

Auditoría energética (España)

Metodología orientada a decisión: separar coste fijo/variable, detectar extras y comparar opciones con números claros.

Metodología

  • Separamos coste fijo (potencia/término fijo), energía y cargos/impuestos.
  • Buscamos sobrecostes típicos: potencia sobredimensionada, servicios extra, lecturas estimadas.
  • Damos pasos accionables (qué tocar primero) con ejemplos orientativos, no promesas.
  • Enlazamos fuentes oficiales y marcamos lo que puede variar por comercializadora.

Información orientativa (España). Comprueba condiciones con tu comercializadora: precios, peajes, cargos e impuestos pueden variar.

Sobre qué base se aplica el IEE

El IEE no grava toda la factura: se aplica solo sobre la suma del término de potencia y el término de energía. Es decir, sobre lo que pagas por la potencia contratada (€/kW al día por los kW y los días) más lo que pagas por los kWh consumidos. Se calcula antes del IVA, así que después el IVA recae también sobre el propio IEE.

  • Sí grava: término de potencia + término de energía.
  • No grava: el alquiler del contador ni los servicios añadidos (mantenimiento, seguros, etc.).
  • Orden en la factura: primero el IEE sobre potencia+energía, y luego el IVA sobre el total ya con IEE.

Cómo se calcula, con un ejemplo

Multiplica la suma de potencia y energía por 0,051127. Si en un mes pagas 60 € entre potencia y energía, el IEE es 60 × 0,051127 = 3,07 €. Para una factura anual de 700 € en potencia y energía, el IEE ronda los 35,79 € al año. Es un porcentaje pequeño, pero crece si tu factura es alta por potencia sobredimensionada o por una tarifa cara.

  • Fórmula: (término de potencia + término de energía) × 5,1127 %.
  • 60 € de base → 3,07 € de IEE.
  • 700 € de base al año → unos 35,79 € de IEE al año.

El tipo no siempre fue el mismo

El 5,1127 % es el tipo estructural, pero el Gobierno lo rebajó durante la crisis energética y luego lo fue restaurando por tramos. En primavera de 2026 hubo una última ventana con el tipo al 0,5 %, que terminó antes de lo previsto. Desde el 1 de junio de 2026 el IEE vuelve a su valor de 5,1127 %.

  • Reducción excepcional al 0,5 % durante la crisis (2021–2024).
  • Subidas escalonadas en 2024 hasta restaurar el tipo.
  • Ventana al 0,5 % en primavera de 2026, finalizada anticipadamente.
  • Desde el 1 de junio de 2026: 5,1127 % de nuevo.

Por qué pagas más IEE de lo que crees

El IEE sube cuando sube la base sobre la que se aplica, y esa base es justo donde se esconden los sobrecostes. Si tienes más potencia contratada de la que usas, pagas IEE sobre ese exceso cada día del año. Si tu tarifa no aprovecha las horas valle, el término de energía es mayor y el IEE también. Bajar potencia o ajustar la tarifa reduce la base y, de paso, el impuesto.

  • Más potencia contratada = más base = más IEE, lo uses o no.
  • Tarifa sin horario barato = más término de energía = más IEE.
  • Reducir la potencia o cambiar de tarifa baja el impuesto sin trámites extra.

IEE y autoconsumo solar

Si tienes placas solares, el IEE solo grava la electricidad que consumes de la red, no la que generas y autoconsumes en el momento. Cuanta más energía cubras con tu instalación, menor es el término de energía que viajas y, por tanto, menor el IEE. Los excedentes que viertes a la red no pagan IEE por tu parte.

  • Solo paga IEE la energía importada de la red.
  • La energía autoconsumida al instante no genera IEE.
  • Los excedentes vertidos no llevan IEE para el consumidor doméstico.

Caso real: un taller de cerámica en Talavera de la Reina

Marisol regenta un pequeño taller de cerámica artesanal en Talavera de la Reina (Toledo). Su factura de luz se le había disparado y achacaba todo al horno eléctrico. Al revisar el desglose, vio que el IEE le parecía alto sin haber subido el consumo. El motivo no era el impuesto en sí: tenía contratados 6,9 kW cuando su horno y el resto del taller rara vez pasaban de 4,2 kW, así que pagaba término de potencia (y el IEE sobre él) por kW que no usaba. Además, cocía siempre en horario punta. Al bajar la potencia a 4,6 kW y mover las cocciones a la franja valle, redujo la base del IEE y su factura anual. El IEE no era el villano, solo el síntoma de una base inflada.

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Preguntas frecuentes

Depende de tu factura, porque es un porcentaje. Con unos 700 € al año entre potencia y energía, el IEE ronda los 35,79 € anuales (700 × 5,1127 %). Si pagas menos base, pagas menos IEE.
Antes. El IEE forma parte de la base sobre la que luego se calcula el IVA, así que el IVA acaba recayendo también sobre el IEE. Por eso en la factura ves primero el impuesto eléctrico y después el IVA sobre el total.
5,1127 %. Hubo una rebaja temporal al 0,5 % en primavera de 2026 que terminó antes de tiempo, y desde el 1 de junio de 2026 el tipo vuelve a su valor estructural del 5,1127 %.
No. El IEE grava solo la electricidad. El gas natural tiene su propio impuesto especial (el Impuesto sobre Hidrocarburos), que aparece como una línea distinta en la factura del gas.
No. El IEE se aplica solo sobre el término de potencia y el de energía. El alquiler del contador y los servicios extra (mantenimiento, seguros, etc.) quedan fuera de su base, aunque sí pueden llevar IVA.
Indirectamente, sí. Como el IEE es un porcentaje sobre potencia y energía, si bajas una potencia sobredimensionada o cambias a una tarifa que aproveche las horas valle, reduces la base y, con ella, el importe del impuesto.

Avisos

  • Información orientativa para España. El tipo del IEE (5,1127 % a junio de 2026) y sus excepciones temporales pueden cambiar por nueva normativa: confirma el valor vigente en el BOE y en la Agencia Tributaria, y revisa el desglose de tu propia factura.
  • Los importes del caso y de los ejemplos son ilustrativos; tu IEE depende de tu potencia, tu consumo y tu tarifa concretos.