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Modalidad 2: autoconsumo con excedentes acogido a compensación
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Auditor forense de facturas energéticas (equipo editorial)
Definición
La Modalidad 2 es la configuración de autoconsumo con excedentes acogida al mecanismo de compensación simplificada del RD 244/2019, disponible para instalaciones de hasta 100 kW y titulares con potencia contratada igual o inferior a 15 kW. La energía vertida a la red se descuenta del importe a pagar en la factura mensual, con un tope: no puede generar saldo positivo que se pague al consumidor.
Transparencia y fuentes
Autoría, metodología y fuentes oficiales (para verificar).
Actualizado: 18 de abril de 2026
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Transparencia y fuentes
Autoría, metodología y fuentes oficiales (para verificar).
Actualizado: 18 de abril de 2026
Autoría
Equipo ahorr.ai
Auditoría energética (España)
Metodología orientada a decisión: separar coste fijo/variable, detectar extras y comparar opciones con números claros.
Metodología
- →Separamos coste fijo (potencia/término fijo), energía y cargos/impuestos.
- →Buscamos sobrecostes típicos: potencia sobredimensionada, servicios extra, lecturas estimadas.
- →Damos pasos accionables (qué tocar primero) con ejemplos orientativos, no promesas.
- →Enlazamos fuentes oficiales y marcamos lo que puede variar por comercializadora.
Información orientativa (España). Comprueba condiciones con tu comercializadora: precios, peajes, cargos e impuestos pueden variar.
Cómo funciona la compensación
Cada mes: la comercializadora calcula el valor económico de los kWh consumidos de la red (importe facturado) y el valor de los kWh vertidos (según precio de compensación pactado, 0,05-0,10 €/kWh típico). Resta ambos importes. Si el consumo supera los excedentes, pagas la diferencia. Si los excedentes superan el consumo, la factura es 0€, pero el saldo a favor no se acumula ni se paga.
- →Compensación económica mensual.
- →Precio excedentes: negociable con comercializadora (0,05-0,10 €/kWh).
- →Factura mínima: 0€ (no saldo a favor).
- →Solo aplica al término de energía, no a potencia ni impuestos.
Requisitos clave
Para acogerse a Modalidad 2: (1) potencia nominal instalación ≤ 100 kW, (2) potencia contratada en el CUPS ≤ 15 kW, (3) firmar contrato de compensación con comercializadora (mercado libre o PVPC desde 2023), (4) ser la misma persona titular del CUPS y del CAU.
- →Generación: ≤ 100 kW.
- →Potencia contratada: ≤ 15 kW.
- →Contrato compensación firmado.
- →Titularidad única.
Ahorro real esperable
Según datos de ahorr.ai sobre más de 15.000 facturas auditadas post-instalación (2023-2025), el ahorro medio en Modalidad 2 es 45-60% de la factura anual previa, combinando autoconsumo instantáneo (60-70% del ahorro) + compensación de excedentes (30-40%). Para maximizar, elige comercializadora con mejor precio de compensación y evita sobreinstalar.
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Preguntas frecuentes
Avisos
- Información orientativa (España). Normativa: RD 244/2019 y Circular 6/2020 CNMC.